ACAI denuncia que Sanidad prepara un decreto a partir del cual las españolas solo podrán abortar con medicamentos

Las mujeres españolas no podrán elegir el método con el que interrumpen su embarazo. 

  • Las españolas solo podrán abortar en nuestro país a través del método farmacológico en centros ambulatorios públicos hasta la novena semana de gestación, sin tener en cuenta sus circunstancias personales y médicas.

  • La decisión del Ministerio acabará privando a las mujeres de un método eficaz y seguro como es la técnica instrumental, imponiéndoles el aborto con medicamentos. Por el contrario, ACAI considera imprescindible la convivencia y la defensa de los dos métodos complementarios, farmacológico e instrumental.
  • El Decreto que prepara Sanidad vulnerará dos leyes determinantes, La Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y la Ley Orgánica 2/2010 de Salud Sexual y Reproductiva e IVE, reduciendo con ello las exigencias y condiciones de calidad y seguridad de los centros sanitarios donde se realizaría la prestación de aborto provocado.
  • El Ministerio de Sanidad busca cerrar los centros especializados en aborto provocado que desde 1985 han permitido que las mujeres españolas accedieran a la IVE de forma segura, confidencial y eligiendo el método más acorde a sus circunstancias sanitarias e íntimas.
  • La consulta pública previa del proyecto de modificación del Real Decreto desprestigia la labor de unos/as profesionales que han sido y son acosados/as y perseguidos/as por garantizar el derecho de las mujeres españolas a interrumpir su gestación desde hace más de 35 años.
  • Con la generalización del aborto farmacológico, Sanidad renuncia, como venía reivindicando ACAI, a formar a los/as profesionales en todas las técnicas de IVE. Algo imprescindible para garantizar la seguridad del proceso y la legítima libertad de elección de la mujer, quien tiene derecho a elegir no solo si interrumpe o no su gestación sino el método más adecuado para hacerlo.

Madrid, 22 de enero de 2021.

Con respecto a las inexactitudes con las que Sanidad justifica su proyecto tenemos que decir que:

  • Es incierto que los centros IVE solo realicen abortos instrumentales (que no quirúrgicos), ya que es la mujer la que de acuerdo a sus circunstancias médicas y personales decide el método más acorde a su situación.
  • Sanidad sostiene que los abortos provocados se han venido realizando en los centros acreditados concertados (que no privados) por saturación del Sistema Público. Esta afirmación falta a la verdad, ya que las IVE se han realizado en estos centros porque desde la aprobación de la Ley de 1985, el personal de los centros públicos ha evitado realizar esta prestación sanitaria entre otras razones porque se han visto afectados/as por una objeción de conciencia fundamentalmente profesional y porque no han sido formados en las técnicas IVE, ya que el aborto provocado no es materia curricular en las carreras ni de Medicina ni de Enfermería y tampoco se enseña durante la especialización. Pese a que ACAI consiguió que se introdujera en la Ley de IVE la imprescindible formación en todos los métodos, la Norma no se ha cumplido.
  • En este sentido, la generalización del aborto farmacológico, fiel aliado de la objeción de conciencia, permitiría eludir esta obligación establecida en la Ley, ya que dicha técnica supone una menor formación e implicación del personal médico y sanitario en el aborto, siendo la mujer la que prácticamente, por si misma, realiza la IVE.
  • Tal y como reconoce el texto de la consulta pública previa, las razones que motivan esta medida, responden a criterios económicos, pero en modo alguno a criterios de calidad; ya que tal y como establecen todos los organismos internacionales, entre ellos la OMS, todos los/as profesionales que realizan abortos, ya sea en la sanidad pública, concertada o privada, deberían estar formados/as en todas las técnicas de IVE para poder garantizar la seguridad de las pacientes, la libertad de elección de las mujeres y poder abordar los fallos y efectos indeseados del método farmacológico, ya que el fallo de esta técnica es de entre un 3% y un 5%, y entre el 0’5% y el 2% de los casos, el embarazo es evolutivo.
  • Carece completamente de rigor científico, afirmar, como hace el Ministerio, que la implantación del método farmacológico, reduce los abortos y las IVE de repetición. Asimismo, y en contra de las presunciones carentes de fundamento que hace Sanidad en su consulta, informamos que desde los centros IVE siempre se aborda con las mujeres sus posibilidades anticonceptivas en nuestra lucha por reducir los embarazos no deseados y en consecuencia los abortos.
  • En contra de lo manifestado por Sanidad, las/os profesionales que realicen abortos deben estar integrados/as en unidades especializadas que respalden la intervención, porque la IVE es una técnica socio-sanitaria compleja que abarca varios aspectos en relación con la mujer: el estrictamente sanitario, el social, el psíquico y el íntimo. Todos estos aspectos deben ser tratados, entendidos y asumidos debidamente, uno por uno, a su debido tiempo, con la ayuda de profesionales de diversos ámbitos, con experiencia, empatía y sin juicios previos de carácter moral o religioso.
  • El hecho de que una mujer opte por la técnica farmacológica no debería implicar la desatención médica. La mujer no solo debe estar acompañada sanitariamente antes, durante y después del proceso; sino que debe tener la certeza de que sus dudas y complicaciones serán atendidas por el personal médico que ha iniciado el proceso y que debería contar con la especialización correspondiente.
  • El Ministerio no debería olvidar que la mujer tiene derecho a elegir su método de IVE, su percepción de las técnicas debe ser considerada. Tiene derecho a ser escuchada porque solo sus circunstancias médicas y su situación familiar y personal deberían determinar su elección informada.

 

 

 

 

 

 

4 comentarios
  1. Ni un paso atrás en el derecho a abortar
    Ni un paso atrás en el derecho a abortar Dice:

    Ni un paso atrás en el derecho a abortar

    El aborto es el derecho de todas, pero la decisión de abortar es exclusivamente de la mujer que lo decida.

    La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en España está reglamentada por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo y el Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la interrupción voluntaria.

    Señalando en esta Ley el Artículo 14. Interrupción del embarazo a petición de la mujer.

    Podrá interrumpirse el embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la embarazada, siempre que concurran los requisitos siguientes:

    a) Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, en los términos que se establecen en los apartados 2 y 4 del artículo 17 de esta Ley.

    b) Que haya transcurrido un plazo de, al menos, tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención.

    Centrándonos en la realización de la intervención, se practican dos tipos: la farmacológica (hasta las 7 semanas de gestación) y la instrumental con anestesia local o general (hasta las 14 semanas de gestación), esta elección normalmente será elegida según la decisión de la mujer embarazada.

    Según un estudio de ACAI (Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo), más del 70% de las mujeres eligen el método instrumental frente al farmacológico, ya que es una intervención que dura como máximo 10 minutos con anestesia local o general y presenta los siguientes efectos secundarios: un sangrado y dolor igual o menor que una menstruación normal. Así mismo es la técnica más rápida y segura con porcentaje de efectividad entre el 98% y el 100%.

    En contraposición, el método farmacológico (hasta las 7 semanas) supone ingerir por vía oral uno o más comprimidos de Mifepristona. Trascurridas entre 24 y 48 horas se deberá ingerir otro fármaco denominado Misoprostol. Ambos fármacos son necesarios para interrumpir el proceso de la gestión y estos medicamentos serán suministrados por hospitales y centros acreditados para la interrupción del embarazo. La persona que realice la interrupción del embarazo deberá estar acompañada durante las horas siguientes de tomar Misoprostol y, finalmente, acudirá al centro especializado para asegurar que el proceso ha finalizado adecuadamente. Este método presenta los siguientes síntomas y efectos secundarios: sangrado mayor que una menstruación normal, dolor, náuseas, vómitos, diarrea, fiebre… para disminuir estos síntomas se pueden suministrar analgésicos. A través de este método, tardará entre unas horas o varios días en producirse la interrupción del embarazo y presenta una efectividad entre el 95% y el 98%.

    Cabe destacar que esta supuesta elección libre entre el método farmacológico o instrumental con anestesia local o general, al ponerla en práctica, no se cumple, ya que, en algunas Comunidades Autónomas, la Seguridad Social solo cubre íntegramente el método farmacológico y el instrumental con anestesia local. En caso de que la mujer quiera optar por la interrupción voluntaria del embarazo mediante el método instrumental deberá abonar el coste de la anestesia general. La decisión de la mujer está entonces condicionada por su nivel socioeconómico, puesto que no todas las mujeres se pueden permitir pagar el coste de la anestesia general. Además, no todas las clínicas ofrecen la posibilidad de realizar la interrupción voluntaria del embarazo con anestesia general.

    Por lo tanto, postulamos y reivindicamos la libre decisión de la embarazada, desde el momento en el que tome la decisión de abortar hasta la finalización de este proceso. El aborto es un tema que pertenece a la salud púbica, por ello, es necesario que los/as diferentes profesionales y administraciones garanticen que todas aquellas mujeres que tomen la decisión de abortar puedan hacerlo en cualquier clínica habilitada para ello y que incluya siempre la opción libre de elegir tanto al método farmacológico como el instrumental con anestesia local o general cubierta esta última por la Seguridad Social sin coste económico alguno para la mujer.

    Por otra parte, cabe destacar que, últimamente, se está impulsando la posibilidad de realizar la interrupción voluntaria del embarazo por método farmacológico hasta las 9 semanas de gestación (actualmente está establecido hasta las 7 semanas). Desde mi punto de vista, esta implantación permite mayor libertad, siempre y cuando la mujer pueda decidir el método de interrupción que desee (farmacológico o instrumental), ya que es tan importante respetar la decisión de continuar o no con el embarazo como la elección del método de la interrupción.

    En cambio, si se trata de imponer el método farmacológico como única opción hasta las 9 semanas de gestación, por motivos burocráticos y para abaratar costes, tal y como plantea el Ministerio de Sanidad, ello supondría la vulneración del derecho a decidir de la mujer por un método u otro.

    Con relación al tema burocrático, tanto los poderes públicos como el Sistema Sanitario deberían garantizar y estar a la altura en este tema y proporcionar tanto los recursos materiales como humanos necesarios para hacer frente a este proceso y facilitar una formación especializada a los/as profesionales sanitarios. Y respecto a la cuestión económica, si realmente pretenden implantar un único método para interrumpir el proceso de gestación porque sale más “rentable”, lo que están provocando es que las élites y las personas con recursos económicos puedan acceder a otro tipo de intervenciones por la sanidad privada, que no estarían cubiertas por la Seguridad Social, provocando mayores diferencias entre clases sociales y vulnerando el derecho a la libre elección, en una cuestión tan compleja y delicada como esta. Además, se estaría silenciando a esas mujeres que forman parte de ese más del 70% que han elegido, libremente, la realización de la interrupción del embarazo mediante el método instrumental. Esto no consiste en imponer una técnica sobre otra, sino que lo que realmente se pretende es que se cumpla con la libre elección, proporcionando a la mujer la información necesaria de todos los métodos existentes, para que sea ella quien decida, qué método quiere utilizar, si el farmacológico o el instrumental. Es una decisión y una situación compleja donde nadie debería influir, sino apoyar y acompañar a las mujeres antes, durante y después del proceso.

    Finalmente, quiero destacar que aquí en España aún sigue existiendo una desigualdad en el acceso a este derecho considerado “Legal, Seguro y Gratuito”. No me quiero posicionar entre un método u otro, pero sí quisiera resaltar dos aspectos. En primer lugar, la interrupción del embarazo mediante el método instrumental con anestesia general debería estar cubierta por la Seguridad Social, en todos los casos y en todas las clínicas, para garantizar la libre elección y no estar influenciada por una cuestión económica. En segundo lugar, impulsar el aborto mediante el método farmacológico hasta las 9 semanas como única opción puede provocar efectos negativos en las mujeres a nivel psicológico, ya que la elección de una técnica u otra no es un capricho, sino que forma parte de este proceso y tiene que ser la mujer quien decida cómo quiere hacerlo, contando con el apoyo Sanitario y de las administraciones. Se trataría, pues, de garantizar que las mujeres que hayan decidido libremente no continuar con su embarazo puedan tener una asistencia médica y de calidad desde una perspectiva empática y feminista.

    El aborto en nuestra sociedad es un tema tabú y están promoviendo que miles de mujeres no cuenten cómo vivieron esos días previos a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ese proceso y esos días posteriores a la toma de una decisión que no deja indiferente a nadie, y todas esas vivencias, sentimientos y miedos quedan condenados a la invisibilidad, a la estigmatización y a la clandestinidad. Pero eso tiene que cambiar y nuestras historias tienen que ser conocidas porque cada una de nosotras tiene algo que aportar a esta sociedad y sobre todo a los/as especialistas y los/as expertos/as dedicados/as a hacer este tipo de intervenciones, nos tienen que escuchar para tratar de mejorar y promover cambios, porque todo lo que pasa en ese proceso es decisivo y, gracias a nuestra experiencia, podemos ayudar a otras mujeres que pasen por esta situación para que estén mejor atendidas y sean mejor comprendidas.

    La Ola Verde es más fuerte y visible que nunca y se ha vuelto imparable, reuniendo a mujeres de todo el mundo en una sola voz, porque el aborto tiene que ser LEGAL, SEGURO Y GRATUITO.

    También tenéis la información en la web: https://ni-un-paso-atras-derecho-a-abortar1.webnode.es/castellano/

    Se ha habilitado un correo electrónico por parte de la Dirección General de Salud Pública, para que la ciudadanía pueda expresar su postura ante la propuesta de impulsar el método farmacológico, hasta las 9 semanas, como única alternativa para interrumpir voluntariamente el embarazo. Si queréis expresar vuestra opinión, podéis hacerlo hasta el 4 de febrero de 2021, en el siguiente correo: normativa.dgspci@mscbs.es

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