El Tribunal Superior de Justicia falla en contra de los Abogados Cristianos y da la razón a los centros sanitarios de IVE, Belladona y Buenavista, cuyos profesionales pertenecen a ACAI

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, órgano superior, contradice a la Audiencia Provincial de Oviedo sentenciando que la publicidad de las Clínicas Belladona y Buenavista, asociadas a ACAI, se ajusta a los protocolos de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, tal y como defendió a Consejería de Sanidad del Principado.

La sentencia respalda la decisión de la Consejería de Sanidad del Principado que defendía la legitimidad de la publicidad de estos centros y condena en costas a Abogados Cristianos.

Madrid, 4 de febrero de 2020. La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias confronta con la pronunciada por la Audiencia Provincial que hace unos días falló en contra de ACAI sosteniendo que su publicidad era engañosa. El órgano superior no solo legitima la publicidad de los centros de IVE asturianos, sino que tal y como defendió la Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE, el Tribunal Superior de Justicia sostiene que la Asociación de Abogados Cristianos “carece de legitimación activa para la interposición del recurso, ya que no ostenta derecho subjetivo ni interés legítimo alguno en el asunto” de conformidad con lo establecido en el art. 19.1 a) de la Ley jurisdiccional.

En el mismo sentido que el Tribunal Superior de Justicia, se pronunció en su momento el Juzgado de Primera Instancia de lo Mercantil de Gijón, quien también considero que ni la Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE ni la Asociación de Abogados Cristianos eran sujetos empresariales y que, por tanto, no era posible la competencia leal o desleal entre ambas entidades, careciendo, en consecuencia, de legitimidad la Asociación de Abogados Cristianos para iniciar sus acciones judiciales contra ACAI. Siendo las motivaciones de actuación de esta entidad, razones de carácter moral, religioso y político, y no la defensa de la salud de las mujeres, tal y como defendía la asociación demandante.

Por todo lo anterior, ACAI, y tal y como anunciase ayer, recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo ante el Tribunal Supremo buscando el amparo de este órgano de justicia.

ACAI quiere reiterar que esta Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE no desarrolla ninguna actividad empresarial, sino que es una Asociación sin ánimo de lucro, integrada por profesionales del aborto y la contracepción, cuyos objetivos pasan por la mejora continuada de la prestación sanitaria de aborto provocado y la atención integral a la mujer en todos y cada uno de los aspectos de su salud sexual y reproductiva. En consecuencia, y dado que no realizamos actividades mercantiles ni empresariales, no podemos enmarcar nuestras acciones ni la difusión de la información que producimos, en el ámbito de la competencia leal o desleal.

Una vez más, queremos mostrar nuestra perplejidad cuando se requiere que poco menos se proceda a la divulgación, en las páginas web de los centros de IVE, de los consentimientos informados que se dan a las pacientes cuando van a ser intervenidas; difícil de comprender porque tales exigencias no se solicitan a ningún otro centro médico o sanitario de este país.

Desde estas líneas, hacemos un llamamiento a la sociedad civil, a las asociaciones de mujeres y a las Administraciones para que se posicionen y defiendan la prestación sanitaria de aborto provocado, frente a los intentos de aquellos que buscan el desmantelamiento de este recurso médico; porque de conseguir su objetivo, las mujeres no solo perderán un derecho que debería estar consolidado, sino que se generará un grave problema de salud pública, volviendo a ser el aborto la práctica insegura y clandestina que estos grupos buscan que vuelva a ser.

Para ampliar esta información, pueden contactar con el Asesor Jurídico de ACAI, José Antonio Bosch, 630 91 01 47.

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