ACAI muestra su satisfacción con la sentencia del TSJA sobre aborto y objeción de conciencia

Tras conocerse que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, TSJA, limita la objeción de conciencia a los/as profesionales que realizan directamente la intervención

ACAI MUESTRA SU SATISFACCIÓN CON UNA SENTENCIA QUE VIENE A SALVAGUARDAR EL DERECHO DE LAS MUJERES A SER ATENDIDAS Y A INTERRUMPIR CON GARANTÍAS SU GESTACIÓN

Madrid, 12 de abril de 2013. La Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE, ACAI, considera lógica y muy positiva una sentencia que de una parte reconoce el derecho de conciencia y de otra lo limita a quienes practican el aborto provocado a petición de la mujer. Circunstancia que ampara no solo el derecho de la mujer a ser informada, sino que asegura el acceso de esa mujer a la prestación.

ACAI siempre ha advertido de la conveniencia de regular la objeción de conciencia de los sanitarios, para superar la inercia que se ha venido manteniendo y fomentando desde la sanidad pública; y que pasa por propiciar que un derecho individual e intransferible se convirtiera en colectivo en  numerosos centros sanitarios; en algunos casos por decisión exclusiva de los jefes de servicio, llegando a objetar equipos completos de ginecología y obstetricia. Circunstancia que supone una anomalía legal que vulnera uno de los más elementales derechos individuales, como es la libertad de conciencia.

En consecuencia, ACAI vuelve a reiterar que se hace completamente necesaria esta regulación, afectando solo a las personas que realizan el aborto provocado por petición de la mujer. Una objeción que debe realizarse por escrito, ser individual, nunca colectiva y que al tiempo debe garantizar a las mujeres afectadas por esa objeción una alternativa viable, acorde con su decisión.

En este sentido, la Asociación de Centros quiere recordar que si bien la objeción médica de los/as profesionales a la realización del aborto viene recogida por la ley; esta no ha sido desarrollada por una regulación específica. Circunstancia que propicia que los jueces establezcan disposiciones opuestas en relación a la objeción de conciencia de los/as profesionales médicos.

Por todo ello, ACAI pide que se cumpla el propio mandato de la ley que establece que la objeción de conciencia “será articulada en un desarrollo futuro de la Ley”, de este modo, reduciremos la inseguridad jurídica y sanitaria que esta circunstancia pudiera suponer tanto para los/as profesionales como para las mujeres que acceden al recurso de IVE.


Nota: Para ampliar estas declaraciones podéis contactar con Santiago Barambio, Presidente de ACAI, 670246982; o con Francisca García, Vicepresidenta de ACAI, 618263414.

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