Verdades silenciadas del aborto

EVA RODRÍGUEZ ARMARIO

El País.es
Durante mucho tiempo se ha hablado del recurso al aborto como una prestación casi exclusiva de la sanidad privada debido a que las clínicas acreditadas para el aborto en España vinieron a cubrir una necesidad social que ningún otro colectivo se atrevió a solucionar. De hecho, fue un grupo de profesionales el que decidió atender esta necesidad y soportar individualmente los posibles problemas legales, civiles y penales, creando una serie de centros médicos que dieran una solución digna a la demanda de unas mujeres que hasta ese momento tenían que hacer turismo abortivo o arriesgar su vida para abortar. Esta realidad innegable nos lleva a preguntarnos acerca de las causas que han propiciado que el 97% de los abortos se realice en clínicas privadas.

En estos veinte años, la mortalidad por aborto en España ha sido casi nula y el nivel de complicaciones es uno de los más bajos.
El modelo de concertación andaluz ha dado magníficos resultados frente a otras comunidades donde las mujeres sufren un periplo intolerable

Para la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI), la ambigüedad de las dos principales leyes que regularon la interrupción del embarazo (la Ley del Aborto 9/1985, de 5 de julio, y el Real Decreto 2409/1986, de 21 de noviembre) ha sido un elemento clave para que fueran las clínicas privadas, y no los hospitales públicos, las que llevaran a cabo esta prestación. La ambigüedad procede de que la ley sólo autoriza la interrupción del embarazo en los casos de violación, malformación del feto y grave peligro físico o psíquico de la embarazada, y exige para ello unos requisitos basados en dictámenes preceptivos.

 

La valoración que los fiscales, médicos, forenses y jueces realizaron los primeros años de vigencia de esta ley de dichos dictámenes provocó que fueran utilizados de manera recurrente en los juicios contra los médicos, profesionales sanitarios y mujeres, propiciando en muchos casos la condena de los implicados. Es decir, frente a los verdaderos motivos (supuestos legales) que conducen a una mujer a interrumpir su embarazo se favorecieron los requisitos formales.

 

Estas circunstancias legislativas, unidas a la objeción de conciencia de determinados profesionales y sectores sanitarios, dieron lugar a que prácticamente ningún gran hospital público o privado se atreviera a poner en práctica unidades de aborto. Por otra parte, desde la sanidad pública siempre se ha hecho un análisis restrictivo de la ley (especialmente en relación con la salud psíquica de la embarazada), no así en las clínicas privadas, donde se ha intentado favorecer el derecho y la voluntad de la mujer.

 

Pese a esta difícil coyuntura, los/as profesionales que atendemos esta prestación hemos dado un servicio excelente a miles de mujeres, no sólo sanitario y técnico, sino de calidad humana. En nuestros centros hay ginecólogos, pero también psicólogos, psiquiatras, trabajadores sociales, anestesistas… de reconocido prestigio.

 

El esfuerzo que las clínicas privadas vienen realizando dura ya más de 20 años. En todo este tiempo, la mortalidad por aborto en España ha sido casi nula y nuestro nivel de complicaciones es uno de los más bajos de los países desarrollados. El número de denuncias a nuestro colectivo por mala praxis es irrelevante y mucho menor que el de cualquier centro público de ginecología y obstetricia.

 

Sin embargo, además de la presión judicial y social, las clínicas privadas hemos sido acusadas de encubrir un beneficio económico desmedido gracias al aborto. En las clínicas de ACAI siempre ha primado el interés social frente a cualquier interés lucrativo. De hecho, si comparamos el precio de una interrupción del embarazo con cualquier prestación no cubierta por la Seguridad Social, éstas siempre son mucho más costosas.

 

Un aborto de menos de 12 semanas, es decir, el 87% de los que se realizan en España, cuesta entre 280 y 400 euros. Este precio incluye una consulta de trabajo social, otra con el equipo de salud mental, una consulta ginecológica con ecografía, una extracción sanguínea, premedicación, una intervención quirúrgica con anestesia local y/o sedación y su medicación correspondiente, control ecográfico intra y posoperatorio, y un seguimiento posterior durante 24 horas.

 

Si comparamos la interrupción del embarazo (incluidas todas sus prestaciones) con los precios que se cobran por una ecografía de diagnóstico prenatal, que puede ascender a 200 euros, o una inserción de un Diu, 300 euros, o una intervención de estética que puede costar 4.000 o 6.000 euros, la acusación de mercantilismo queda desmontada. Además, el 20% de los abortos que realizamos se hace de forma gratuita o con cuantiosos descuentos, muchos derivados por los servicios sociales.

 

Pese al evidente servicio que venimos prestando, nuestro colectivo siempre ha defendido que los obstáculos que un día impidieron que el recurso al aborto fuese realizado en el ámbito público fuesen eliminados. Por tanto, estamos de acuerdo con que se regule la objeción de conciencia y se eliminen las barreras que impiden que el aborto sea un recurso equitativo y universal, dispensado por la sanidad pública; estamos tan de acuerdo que constantemente denunciamos las barreras que impiden esta apuesta.

 

Sin embargo, además de los condicionantes que antes hemos señalado, coexisten otras circunstancias que impiden que el aborto sea una prestación sanitaria pública generalizada. No podemos obviar que durante más de veinte años, mientras los profesionales de las clínicas privadas se formaban e investigaban en el conocimiento de esta prestación, los profesionales de la sanidad pública permanecían estancados. Hoy por hoy, la sanidad pública no contempla la formación de los profesionales en esta materia. Para realizar correctamente esta prestación en la sanidad pública es necesario montar unidades específicas multidisciplinares y formarlas.

 

Estas unidades especializadas ya funcionan en España desde hace 22 años y han demostrado su profesionalidad y eficacia: son las clínicas privadas, acreditadas y especializadas en abortos voluntarios. Por todos estos motivos defendemos que, tal y como ocurre en la mayor parte de los países de nuestro entorno, se refuerce el concierto con estas unidades independientes, especializadas y multidisciplinares. Al menos de momento, ésta es la única vía válida para asegurar la equidad y la igualdad de las mujeres en el acceso al aborto.

 

De hecho, el modelo de concertación andaluz ha dado magníficos resultados frente a otras comunidades donde las mujeres sufren un periplo médico y vital intolerable porque su Administración no ha incluido el aborto entre sus prestaciones y no existen recursos, ni públicos ni concertados. Se da además la circunstancia de que algunos de los centros públicos creados han acabado cerrando y volviendo a derivar a las clínicas especializadas. Otros procedimientos médicos y quirúrgicos están concertados y son considerados como intervenciones públicas. Desde ACAI no podemos entender que si dichas intervenciones no son desprestigiadas, deban serlo las prestaciones concertadas relativas al aborto, cuando su coste es en la mayoría de los casos muy inferior al que resulta en un centro público.

 

La concertación en la prestación del aborto es un procedimiento público, abierto, transparente, que nos obliga a cumplir la normativa y a someternos a inspecciones periódicas. Carece, por tanto, de sentido seguir considerando la concertación del aborto como algo privado, desprestigiado, de mala calidad y costoso. Miles de mujeres reclaman una atención que no admite demora, que debe ser atendida. Es una responsabilidad de todos. Debemos aunar esfuerzos, compartir conocimientos, avanzar en la universalización y equidad de esta prestación. Las clínicas acreditadas apostamos porque así sea, si bien el testigo no se encuentra ahora en nuestras manos.

 

Eva Rodríguez Armario es presidenta de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo.