Francisca García: “No se puede sostener que haya mercantilismo en las clínicas privadas de interrupción de embarazos”

Ocultados-Periodismo Social.

Francisca García: “No se puede sostener que haya mercantilismo en las clínicas privadas de interrupción de embarazos”

Francisca García, presidenta de ACAI

La Ley del Aborto que pretende aprobar el Gobierno sigue generando titulares, pero pocos datos. En esta ocasión, hemos querido conocer la perspectiva de las clínicas privadas, centros donde se practican interrupciones voluntarias de embarazos en régimen concertado con las comunidades autónomas. Según la presidenta de ACAI, la asociación que engloba todas estas clínicas, Francisca García, los impagos de algunas administraciones públicas ya están suponiendo un primer filtro.

No sé ya por qué ley preguntarte, por la dura de Gallardón, por la del consenso de Rajoy… ¿en qué crees que quedará la nueva Ley del Aborto? ¿No parece que, como muchas medidas del Gobierno, primero actúan como “globo sonda”, para generar muchas críticas, pero luego no son tan estrictas como se pensaba para así disminuir el sentido de las protestas?

Desde ACAI consideramos que la presión social, política y ciudadana está forzando al Partido Popular a replantearse su Ley. De hecho, más del 80% de la población es partidaria de que sea la mujer la que decida sobre su embarazo no deseado. A partir de aquí, creemos que los resultados electorales de las próximas elecciones europeas y los sondeos que pronostiquen los resultados de las próximas convocatorias electorales serán los que pesen en el Ejecutivo a la hora de impulsar o ralentizar la nueva norma.

En cualquier caso, y si la opción elegida es continuar con el proyecto, nos tememos que tan sólo modificarán algunos aspectos, como el relativo al supuesto de patología fetal, pero nunca en relación a la voluntariedad de la mujer.

En cualquier caso, ¿cómo afectaría la nueva Ley del Aborto que pretende aprobar el Gobierno a las clínicas privadas?

En primer lugar, quisiéramos aclarar que los centros acreditados para la interrupción del embarazo han pasado a ser centros concertados con la Sanidad Pública. Consecuencia de ello, la mujer no sufraga la prestación, sino que accede a este recurso sanitario de forma segura y gratuita. Son los centros los que sostienen el coste y es la Administración la que en el mejor de los casos abona la deuda contraída con los profesionales, que en algunas comunidades ha llegado a superar el millón de euros.

La convicción de los profesionales de que la mujer no debe sufragar coste alguno por la prestación sanitaria a la que accede nos conduce a asumir ese coste económico que pone en riesgo el sostenimiento de nuestros centros. De hecho, somos conscientes de que el impago de algunas administraciones es, en algunos casos, otra forma de impedir el acceso al aborto y procurar el desmantelamiento de la prestación.

En cuanto a la futura ley, ACAI no puede pronunciarse sobre una normativa cuyo reglamento y cuyas regulaciones autonómicas, que son las que afectan al funcionamiento de los centros, no existen. No obstante, es evidente que la apuesta de los profesionales de ACAI se basa en facilitar la prestación a las mujeres que libremente quieran acceder a ellas, y en consecuencia toda norma que dificulte el acceso no puede ser bien recibida por nosotras, toda vez que las condena a ellas a la clandestinidad y al éxodo abortivo y, por otra parte, a los trabajadores, a la inseguridad jurídica.

¿Qué efectos tuvo en las clínicas privadas la Ley de plazos del Gobierno de Zapatero?

ACAI siempre ha manifestado su voluntad de que la prestación sanitaria de aborto provocado fuese un recurso accesible, seguro y gratuito para la mujer; independientemente del coste que ello pudiera suponer para los centros, y seguimos manteniendo nuestra apuesta. La mujer no puede, ni debe pagar por una intervención que materializa un derecho.

Por lo tanto, asumimos las dificultades que el impago de las administraciones suponen para los centros, al tiempo que seguiremos luchando para que ese coste económico no suponga el cierre de nuestros centros y, por tanto, la extinción del recurso para la mujer.

¿Qué ley cree que es mejor, la de Gallardón, la de Zapatero o la de Felipe González?

ACAI apuesta por una legislación en la que la mujer pueda decidir libremente. Una ley que respete la voluntad de la mujer y no condicione su decisión al juicio de terceros. En ese sentido, parece que la actual ley podría ser la norma más acorde con ese planteamiento. No obstante, la Asociación de Clínicas siempre ha creído en una ley más progresista, semejante al modelo holandés, en la que es la viabilidad fetal (en torno a la semana 24 de gestación) la que pone el límite a la voluntariedad de la mujer.

Por supuesto una legislación así debería estar acompañada de políticas de educación sexual, acceso real a la anticoncepción, estrategias de acción para grupos vulnerables (adolescentes, inmigrantes) porque sólo las políticas preventivas, que por cierto están contempladas en la actual Ley de SSR e IVE, pueden impedir el embarazo no deseado (el auténtico drama) y en consecuencia el aborto.

En este sentido, Holanda es uno de los países más avanzados en materia legislativa reguladora del aborto (voluntad de la gestante hasta la viabilidad fetal) y, sin embargo, tiene una de las tasas de aborto más bajas de la Unión Europea. Esto es así porque su modelo se basa en los pilares que hemos señalado: educación sexual, financiación de los métodos contraceptivos, políticas específicas a colectivos vulnerables y acceso real a la anticoncepción.

¿Cómo era la situación del aborto cuando ACAI nació en 1997?¿Qué garantías o marco les garantizaba la Ley de 1985 para que se pudieran constituir como asociación de clínicas privadas?

ACAI es una Asociación de Clínicas sin ánimo de lucro, sujeta como cualquier asociación a la legislación vigente. Nuestra asociación surgió en aquel momento con los mismos objetivos que la sostienen ahora: dar a conocer el trabajo de un amplio sector de profesionales del ámbito de la salud sexual, reproductiva e integral de las mujeres, pero sobre todo intentar aunar esfuerzos para conseguir el máximo nivel de calidad en la atención de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.

En ese tiempo también buscábamos la solidaridad y el apoyo mutuo entre los profesionales, dado que vivíamos inmersos en una gran inseguridad jurídica consecuencia de una ley ambigua, la ley del 85, que solo despenalizaba el aborto en tres supuestos. En aquellos momentos eran frecuentes las denuncias de maridos y novios despechados, jueces que realizaban interpretaciones restrictivas de la ley o que ideológicamente eran abiertamente contrarios al aborto. Por tanto, eran habituales las persecuciones a los médicos y médicas que realizábamos los abortos. Esta persecución motivó que  los profesionales de la sanidad pública no quisieran llevar a cabo esta práctica sanitaria.

Como centros privados, ¿están a favor de que el servicio público de salud garantice este derecho? ¿Por qué?

Durante mucho tiempo se ha hablado del recurso al aborto como una prestación casi exclusiva de la sanidad privada, debido a que las clínicas acreditadas para el aborto en España vinieron a cubrir una necesidad social que ningún otro colectivo se atrevió a solucionar. De hecho, fue un grupo de profesionales el que decidió atender esta necesidad y soportar individualmente los posibles problemas legales, civiles y penales, creando una serie de centros médicos que dieran una solución digna a la demanda de unas mujeres que hasta ese momento tenían que hacer turismo abortivo o arriesgar su vida para abortar. Esta realidad innegable nos lleva a preguntarnos acerca de las causas que propiciaron que la mayoría de los abortos se hicieran en clínicas que fueron privadas y ahora son concertadas.

La ambigüedad de las dos principales leyes que regularon la interrupción del embarazo (la Ley del Aborto 9/1985, de 5 de julio, y el Real Decreto 2409/1986, de 21 de noviembre) fueron un elemento clave para que fueran las clínicas privadas, y no los hospitales públicos, las que realizaron esta prestación. La valoración que los fiscales, médicos, forenses y jueces apartaron durante los primeros años de vigencia de esta ley de los dictámenes preceptivos provocó que fueran utilizados de manera recurrente en los juicios contra los médicos, profesionales sanitarios y mujeres, propiciando en muchos casos la condena de los implicados. Frente a los verdaderos motivos (supuestos legales) que conducían a una mujer a interrumpir su embarazo se favorecieron los requisitos formales.

Estas circunstancias legislativas, unidas a la objeción de conciencia de determinados profesionales y sectores sanitarios, dieron lugar a que prácticamente ningún gran hospital público o privado se atreviera a poner en práctica unidades de aborto. Por otra parte, desde la sanidad pública siempre se ha hecho un análisis restrictivo de la ley (especialmente en relación con la salud psíquica de la embarazada de la ley anterior), no así en las clínicas privadas, donde se ha intentado favorecer, antes y ahora, el derecho y la voluntad de la mujer.

Sin embargo, además de la presión judicial y social, las clínicas privadas hemos sido acusadas de encubrir un beneficio económico desmedido gracias al aborto. En las clínicas de ACAI siempre ha primado el interés social frente a cualquier interés lucrativo. De hecho, si comparamos el precio de una interrupción del embarazo con cualquier prestación no cubierta por la Seguridad Social, éstas siempre son mucho más costosas.

Un aborto de hata 12 semanas, es decir, el 90% de los que se realizan en España, cuesta entre 284 y 400 euros. Si comparamos la interrupción del embarazo (incluidas todas sus prestaciones) con los precios que se cobran por una ecografía de diagnóstico prenatal, que puede ascender a 200 euros; una inserción de un Diu, 300 euros o de un implante anticonceptivo de 250 euros… acusación de mercantilismo es difícilmente sostenible.

Pese al evidente servicio que venimos prestando, nuestro colectivo siempre ha defendido la eliminación de los obstáculos que un día impidieron que el recurso al aborto fuese realizado en el ámbito público. Por tanto, estamos de acuerdo con que se regule la objeción de conciencia y se eliminen las barreras que impidan que el aborto sea un recurso equitativo y universal, dispensado por la sanidad pública; estamos tan de acuerdo que constantemente denunciamos las barreras que dificultan esta apuesta.

Sin embargo, además de los condicionantes que antes hemos señalado, coexisten otras circunstancias que perjudican a que el aborto sea una prestación sanitaria pública generalizada. No podemos obviar que durante más de 20 años, mientras los profesionales de las clínicas privadas se formaban e investigaban en el conocimiento de esta prestación, los profesionales de la sanidad pública permanecían estancados. Hoy por hoy, la sanidad pública no contempla la formación de los profesionales en esta materia, pese a que esta formación viene recogida por la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e IVE, 2/2010. Para realizar correctamente esta prestación en la sanidad pública es necesario montar unidades específicas multidisciplinares y formarlas en las técnicas específicas del aborto provocado  y en este sentido y como asociación nos hemos ofrecido a la Administración Sanitaria, como espacios de rotación  y formación para médicos residentes de ginecología y obstetricia, sin ninguna respuesta positiva.

La postura que defiende su asociación ¿se engloba en una perspectiva feminista, que reivindica el derecho de la mujer a decidir, o neoliberal, que concibe el aborto como un negocio? ¿Cómo se puede compaginar ambos puntos de vista?

Esta pregunta se contesta con todo lo expuesto en las respuestas precedentes. Resulta reiterativa.

Si hablamos de cifras, ¿cuál ha sido la evolución del volumen de negocio y del número de abortos practicados en las últimas dos décadas?

ACAI es una asociación sin ánimo de lucro que se sostiene con las aportaciones de los asociados. Entre sus objetivos no está el “controlar” ni el “incrementar” los beneficios económicos de sus miembros. En consecuencia, no podemos facilitarle los datos que nos solicita. No obstante volvemos a recordarle que: un aborto de hasta  12 semanas, es decir, el 90% de los que se realizan en España, cuesta entre 284 y 400 euros. Si comparamos la interrupción del embarazo (incluidas todas sus prestaciones) con los precios que se cobran por una ecografía de diagnóstico prenatal, que puede ascender a 200 euros, o una inserción de un DIU de cobre de 220 euros, de un DIU hormonal, 320 euros y de un implante anticonceptivo de 330 euros… la acusación de mercantilismo es difícilmente sostenible.

Al tiempo, le informamos que hoy por hoy los centros acreditados que realizan abortos son centros concertados, sujetos al pago o impago de las Administraciones públicas. Desgraciadamente, las clínicas de IVE sostienen la deuda de esta prestación y muchas de ellas están expuestas al cierre. Lo cual se puede interpretar en clave económica (consecuencia de la crisis) o en clave política: un intento de desmantelar el acceso a la interrupción del embarazo.

¿Crees que la “neonata” Ley de Gallardón conseguiría “abortar” estos datos?

Si la Ley Gallardón se aplica en los términos actuales supondría de facto la prohibición del aborto en nuestro país. Como consecuencia, también desaparecerían los centros de IVE, los profesionales que realizan los abortos pasarían a ser profesionales perseguidos jurídicamente si deciden continuar con su labor. Todo ello para gran satisfacción de las personas contrarias al legítimo derecho de la mujer sobre su cuerpo.

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