Pocas intervenciones por anomalía fetal.Solo 356 alegaron anomalías fetales extremadamente graves o incompatibles con la vida
Pocas intervenciones por anomalía fetal
Solo 356 mujeres alegaron anomalías fetales extremadamente graves o incompatibles con la vida
El ministro de Justicia pretende suprimir este supuesto
De los 118.359 abortos registrados en 2011, 356 se realizaron por anomalías fetales incompatibles con la vida o extremadamente graves. Son intervenciones que se realizan normalmente por encima de la semana 22 de gestación —la ley permite hacerlo sin plazo— y que deben pasar por el diagnóstico de un comité de expertos. Casos muy dramáticos de hijos deseados que, de nacer, padecerían malformaciones severas del sistema nervioso central, cardiopatías severas o malformaciones esqueléticas letales. Sin embargo, este es uno de los supuestos que la nueva ley del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, pretende suprimir.
Una intención que ha suscitado las críticas de los expertos, que se han movilizado para tratar de que el supuesto de malformaciones fetales siga siendo posible. “La enfermedad grave o incurable existe. Se puede detectar evitando el sufrimiento enorme de las familias y las mujeres que se enfrentan a ellos. Son pocos casos y muy estudiados que tienen que tener amparo”, asegura Pilar Martínez Ten, ginecóloga. Esta experta en diagnóstico prenatal y otros 675 profesionales han firmado un manifiesto para pedir al Gobierno que no elimine este supuesto. Un documento que han entregado al secretario de Estado de Justicia, Fernando Román, con el que han mantenido una reunión.
“Si la ley no permite la interrupción de la gestación en estos casos [de anomalías fetales graves], a la dramática situación se sumará el desamparo legal que sufrirán las gestantes”, explica el documento. Para justificar el endurecimiento de la regulación en ese punto, Gallardón afirmó que permitir el aborto por anomalías fetales discrimina a las personas discapacitadas. El ministro esgrime un documento de 2010 en el que la ONU, tras las quejas de dos asociaciones, recomendó a España eliminar el aborto por “razón de discapacidad exclusivamente”. Eso a pesar de que en la ley actual —tal y como contestó el Ejecutivo anterior a la ONU— no habla en ningún caso de discapacidad, sino de anomalías fetales graves.
Tampoco los abortos realizados por esa razón antes de la semana 22, aquellos bajo el supeusto de malformación fetal grave, son un número alto —unos 3.200—. Para interrumpir un embarazo por esta razón, explica Francisca García, vicepresidenta de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (Acai), la mujer debe tener el diagnóstico de al menos dos médicos. “El Gobierno no puede suprimir el derecho a decidir sobre su maternidad, y en este caso además impedírselo puede causar el doble de sufrimiento”, incide.
Tipos de anomalías
Anomalía fetal incompatible con la vida: aquella que previsiblemente o habitualmente se asocia con la muerte del feto o del recién nacido durante el periodo neonatal, aunque en condiciones excepcionales la supervivencia sea mayor.
Enfermedad grave o incurable: aquella situación con una alta probabilidad de mortalidad durante el periodo fetal o tras el nacimiento y/o con un desarrollo neurológico profundamente deficiente y/o con una probabilidad de dependencia extrema y persistente para el desarrollo de su vida posnatal.
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