ACAI ha podido constatar que el Gobierno de Cifuentes sigue obstaculizando el acceso de las jóvenes al aborto

Pese a que la Cadena Ser anunciase que era intención de la Consejería de Sanidad de Madrid flexibilizar el acceso de las menores a la IVE.

ACAI HA PODIDO CONSTATAR QUE EL GOBIERNO DE CIFUENTES SIGUE OBSTACULIZANDO EL ACCESO DE LAS JÓVENES AL ABORTO.

La Asociación de Centros lamenta que el PSOE, fundamentando su veto en problemas técnicos, haya impedido en la Mesa de la Asamblea de Madrid que la PNL que el grupo parlamentario de Podemos estaba promoviendo para desbloquear la situación, pasara a debatirse en Pleno. Por lo que pide a los socialistas madrileños “generosidad, dialogo y flexibilidad” en la actividad parlamentaria.
Esta Proposición no de Ley solicitaba al Gobierno Madrileño un protocolo de acceso a la IVE para las menores, así como, que terminara con la particularidad (ninguna otra comunidad lo exige) de solicitar que ambos tutores autorizaran la interrupción.
ACAI pide a las fuerzas políticas que promuevan una iniciativa parlamentaria conjunta que ponga solución a los dramas humanos que están atravesando estas menores en dificultad.
Madrid. 24 de mayo de 2016. Tras conocer que el Consejero de Sanidad madrileño considera que en “la Comunidad de Madrid se tratan las interrupciones del embarazo de menores de «forma personalizada» y que (en palabras del Consejero) «evidentemente» si el padre de una menor «está en Argentina», el «sentido común es el que debe imperar» y realizar la interrupción sólo con uno de los progenitores; ACAI informa de que el sentido común al que alude el Consejero en sus declaraciones, no parece haber llegado a las oficinas de Sanidad donde se tramitan las IVEs, ya que a las menores se les siguen exigiendo documentos que acrediten sus difíciles situaciones.
En este sentido, ACAI piensa que tal vez cuando el Consejero habla del trato personalizado se esté refiriendo al trato particular dado a cada menor, ya que a una se le pide un poder notarial de su padre, residente en el extranjero, a otra un acta de defunción de su madre, a otra una orden de alejamiento, a otra la declaración jurada de alguno de sus progenitores alegando que el otro está en paradero desconocido…En definitiva, una suma de circunstancias todas ellas muy personales que quedan acreditadas con nombres, apellidos y DNI en documento que entendemos incorporado al expediente médico de la menor. Algo que prohíbe la ley del 2010 de SSR e IVE a partir de su artículo 20, donde se pide expresamente la codificación de los datos de todas las mujeres, más de las menores, que acceden a una interrupción del embarazo.
Para ACAI lo que parece que la Consejería de Sanidad de Madrid no quiere asimilar es que las menores no están obligadas por ley, y así lo han entendido el resto de administraciones sanitarias del territorio, a ser autorizadas en su acceso a la IVE por ambos tutores legales; siendo suficiente la autorización de uno de ellos. En este sentido recordamos que:
– Cuando la norma utiliza la referencia del plural “sus” se refiere a todos los representantes legales: madre, padre, tutor/a, curador/a, responsable administrativo…pero siendo suficiente la autorización de uno de ellos. De hecho, la propia Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, dice en su exposición de motivos que las menores de 16 y 17 años se encuentren acompañadas de sus representantes legales: padre y/o madre, personas que ostenten la patria potestad o tutores, según proceda. Es decir, de ente las múltiples figuras posibles, un representante legal de la menor.

– Porque el artículo 156 del Código Civil dispone que la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Porque el mismo artículo 156 del Código Civil establece que, si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quién el hijo/a conviva.

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