ACAI confirma que las mujeres españolas no podrán abortar en nuestro país.

Tras conocerse el Anteproyecto de Ley Orgánica de “Protección de los Derechos del Concebido y de las Mujeres Embarazadas”, presentado hoy por el Titular de Justicia.

ACAI CONFIRMA QUE LAS MUJERES ESPAÑOLAS NO PODRÁN ABORTAR EN NUESTRO PAÍS.

España se convierte en el único país de la Unión Europea, junto a Irlanda y Polonia que niega este derecho a sus mujeres

La interrupción voluntaria del embarazo no podrá realizarse legalmente, ya que los requisitos burocráticos, legales y médicos exigidos impedirán que sea una práctica sanitaria normalizada.

Madrid, 20 de diciembre de 2013. Para la Asociación de Clínicas Acreditadas para la IVE el anteproyecto de ley no solo acaba con un derecho básico y fundamental de la mujer, sino que condena a estas a continuar con su embarazo contra su voluntad, incluso aunque su salud física o psíquica esté en riesgo; ya que los requisitos sanitarios y legales para que una mujer pueda acceder a esta prestación sanitaria son prácticamente imposibles de cumplir.

En primer lugar, ningún profesional sanitario puede determinar ni determinará objetivamente si el conflicto psicológico que en una mujer genera un embarazo no deseado o una patología grave o incompatible con la vida puede ser solucionado sin recurrir a una IVE; mucho menos determinar si esa afectación se prolongará en el tiempo, tal y como señala el texto; ya que es la mujer, y solo ella, la que tiene que saber si puede sobrellevar o no la disfunción psicológica y vital que tal situación le puede suponer.

En segundo término, el establecimiento de centros públicos acreditados expresamente para emitir dictámenes, informes preceptivos y asesoramiento a las mujeres, distintos a los que realizan las IVEs, implica someter a las mujeres al arbitrio ideológico de los/as profesionales que lo integren; pudiendo llegar a convertirse, en función de quienes formen dichos comités, en auténticos centros de estigmatización y culpabilización de la mujer, con el objetivo expreso de hacer desistir a esa persona de su intención de abortar, aunque su situación psicológica, personal, e incluso física hagan recomendable la interrupción de su gestación, cuando la mujer además así lo desea.

Asimismo, los mecanismos burocráticos que pretenden establecerse, como por ejemplo el tiempo de reflexión de una semana, la duplicidad o la minuciosidad exigida a unos informes preceptivos que en el caso por ejemplo de las patologías fetales son inviables cuando nos referimos a un proceso de gestación evolutivo; llevarán muy probablemente a la mujer a una semana de gestación alta que incida en la posibilidad legal de interrumpir su gestación por plazos, e incluso por evolución gestacional.

Impedir que los centros acreditados para la IVE puedan informar a la mujer de los ámbitos donde puede encontrar asesoramiento, apoyo o simplemente información práctica de la ubicación geográfica de dichos centros; es simplemente impedir que la mujer tenga otras vías de información distintas a las oficialmente establecidas por el Ejecutivo, de acorde a su ideología. Es reducir a estos centros a una suerte de semiclandestinidad, estigmatizar a sus profesionales y señalar a las mujeres que podrían acudir a ellos.

Por último, ACAI quiere asimismo manifestar su total repulsa hacia la consideración de la mujer como una víctima. Ya que las mujeres, todas las mujeres que interrumpen su gestación, son mujeres adultas, conscientes de su decisión. Son mujeres que voluntariamente deciden no continuar adelante su embarazo. Una madurez que seguirán ejerciendo, esta vez desde la clandestinidad y el éxodo abortivo.

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